En “El anillo de los Nibelungos” de Richard Wagner, el enano Alberich, rechazado por las doncellas del Rin, se convirtió acumulando capital en un implacable explotador de sus compañeros enanos los nibelungos, en una fábrica de oro. Sin embargo, no sufrió al perderlo, porque sabía que el poder o la popularidad asentada en el oro, consumiría a quien lo poseyera.

Alberich representa en su resentimiento, la patología de un sistema que engendra sujetos como él o “triunfadores culposos”.

George Bernard Shaw interpretó esta obra como una alegoría de la lucha de clases.

En esta inteligencia, el gen egoísta, ha sido el motor del capitalismo, pero también de los excesos, cuando sólo reivindica la permanencia en el poder, sin objetivos que gocen de aceptación social.

Keynes desde una concepción humanística, pronosticó en 1930, en su libro “Posibilidades económicas para nuestros nietos”, que en la época en que nos hallamos, imperaría en el mundo desarrollado una jornada laboral de quince horas.

Aunque los países desarrollados quintuplicaron su renta per cápita en dinero constante, no se produjeron recortes de la semana laboral. No llegó lo que Keynes llamó “la vida buena”, como etapa de realización personal en un mundo en el que el homo ludens prevalezca sobre el homo faber, que con tanta agudeza analizó Hanna Arendt en “La condición humana”.

La filosofía de Fukuyama del Fin de la Historia, de la ideología y del hombre, con su concepción de pensamiento único, intensamente promovida, ha llevado a muchos jóvenes de su generación al existencialismo pesimista.

Es natural, nuestra generación sufrió en su momento el síndrome Stendhal, alucinados por discursos genéricos, que no venían acompañados por metodologías y nos dejaron como canta Sabina con nostalgias de lo que nunca existió.

 Algunas de esas pulsiones políticas hoy cobran su precio. Los partidos, los intelectuales y los sindicatos, han tratado de entender las razones de las reiteradas frustraciones.

Algo ha quedado en claro, el odio ha fracasado tanto como el egoísmo.

Afortunadamente no ha llegado el fin del espíritu y con él la vocación de transformación para una sociedad más justa e igualitaria.

Un punto de partida es sin duda, la calidad institucional, con un know how, que podemos obtener de nuestra constitución, de modelos ajenos estables, corrigiendo errores históricos propios con un necesario consenso básico de gobernabilidad y sin concepciones autocráticas. Como aquella anécdota del avión con un mensaje especial para argentinos: “ si todo falla, siga las instrucciones”.

La materia tributaria, no resulta neutral en este terreno, según el papel que se asigne al Estado, como gendarme o distribuidor.

Por su parte, lo que se llama de modo abstracto “los mercados”, hay que contemplarlo anticipadamente como la reacción más probable del contribuyente de carne y hueso, para prever con la prospectiva necesaria los efectos de los impuestos, evitando resultados no deseados.

Como enseñan los libros de texto, quien produzca carteras trasladará el costo fiscal al precio de venta. En caso de que el comprador no lo asimile, tratará de retrotrasladarlo al proveedor y si ello no fuera posible dejará de producir carteras, para fabricar cinturones.

Ahora bien, cuando la incidencia no resulta trasladable para amortiguar sus costos, se producirá lo que se conoce como “punto de fuga”. Esta determinación implica abandonar el rubro, destinar el capital a la especulación o radicarse en otro país.

De allí, la importancia que tienen para el sistema tributario las garantías de legalidad, proporcionalidad y no confiscatoriedad. Todo ello, sustentado en la estabilidad y claridad normativa que generen previsibilidad, como base de la seguridad jurídica.

La urgencia recaudatoria, no es compatible con la toma de decisiones de los inversores y grandes actores de la economía, que deben proyectar sobre un escenario previsible y confiable.

La imprevisibilidad malogra cualquier plan de inversión, que se ve afectado por medidas sorpresivas, no contempladas como contingencia de costos. Así como en otros casos, de abruptos y gravosos aumentos tarifarios que al no ser escalonados ni graduales, colocan además a las personas de menores ingresos en situación de estado de necesidad por su impacto sobre la canasta básica y su efecto inflacionario.

Desde otro enfoque, los impuestos no juegan un papel meramente instrumental y permiten incluso obtener plausibles resultados extrafiscales, mediante un tratamiento especial de aquellas áreas que, dentro de una estrategia política de estado, privilegien la generación de desarrollo sustentable y la ocupación de mano de obra intensiva. Es el paso de una concepción recaudatoria a otra productivista.

De modo tal, que el Estado, a través de estas herramientas, juega un papel fundamental como motivador de la inversión, en la medida que los beneficios impositivos, así como los subsidios tengan objetivos verificables y sanciones para el caso de incumplimiento.

Esta agenda no se agota en consideraciones genéricas, sino en un prolijo tratamiento metodológico y debe esperarse que esa ardua tarea tenga lugar en el Congreso, encarando una postergada reforma tributaria.

Con ese objeto no es aceptable delegar las decisiones a las corporaciones, así como tampoco es conveniente ignorarlas, por aquello de que gobernar es negociar, pero sin lugar a dudas no es posible prescindir de la inversión, ni de la realidad del mercado.

De lo contrario, finalmente se le daría la razón a aquel filósofo español, que cuando se refería a la Argentina sostenía : “vosotros quereis hacer capitalismo sin capital y socialismo sin disciplina”

ALFREDO BELASIO

Abogado egresado UNBA

Autor de “Multas y clausura. Ley Penal Tributaria comentada” Ediciones Universidad 2008

“Ley Penal Tributaria después de la Reforma de la ley 27430” Ediciones Buyatti 2018

En Doctrina Tributaria de Errepar: «Proveedores apócrífos y economía informal) en el N° 369 de diciembre 2010 y «Responsabilidad profesional y penal del Contador Público» en enero 2012 T°/boletín XXXIII.

En Doctrina Penal Errepar N° 16 de Septiembre 2010: «Ley Penal más benigna y normas penales en blanco».